CIERRE FISCAL Y CONTABLE

Como dijo Benjamin Franklin, solo hay dos certezas en la vida, la muerte y pagar los impuestos.

Centrándonos pues en los próximos hitos que deben afrontar los profesionales de la contabilidad y la fiscalidad, el cierre contable y fiscal de las sociedades del ejercicio 2016 se acerca, y lo que debemos preguntarnos es: ¿estamos preparados para afrontarlo y optimizar la carga fiscal de nuestra empresa?

Recordemos que los administradores sociales deben formular y presentar las cuentas anuales, con carácter general, antes del 31 de marzo de cada año, salvo en aquellos casos en los que el ejercicio social no coincide con el año natural. Además, deben realizar la propuesta de aplicación del resultado, el informe de gestión y debemos tener presente los aspectos fiscales que se aplicarán al presente ejercicio, para optimizar la carga fiscal de la empresa de cara al impuesto sobre sociedades.

A continuación se detallan las operaciones más corrientes que se deben realizar de cara al cierre del ejercicio.

  • Amortizaciones. Representan la pérdida de valor o depreciación de carácter irreversible que experimentan los activos no corrientes o activos fijos, que se recogen en el balance dentro del inmovilizado material, el inmovilizado intangible y las inversiones inmobiliarias.
  • Periodificaciones. Gastos e ingresos devengados y no pagados o cobrados o intereses devengados.
  • Pérdidas por deterioro de valor, que pudieran sufrir los activos de la empresa.
  • Provisiones y contingencias por riesgos que pueden afectar a la empresa.
  • Existencia de ingresos y gastos a distribuir en varios ejercicios.
  • Instrumentos financieros.
  • Existencia de operaciones entre partes vinculadas y su valoración.
  • Realización del asiento de variación de existencias.
  • Reclasificación de deudas de largo a corto plazo.
  • Contabilización del gasto por el impuesto sobre sociedades.
  • Realización del asiento de regularización de ingresos y gastos del cierre del ejercicio.

El cierre fiscal: novedades fiscales y puntos a tener en cuenta en el cierre del ejercicio 2016

En relación con el cierre fiscal del ejercicio 2016, debemos tener claros los siguientes puntos:

  • Que son y cómo se aplica la reserva de nivelación y de capitalización, por si nos interesa su dotación.
  • Conocer las diferencias entre amortización fiscal y contable, ya que la amortización contable pretende mostrar en qué medida el activo fijo ha contribuido a generar ingresos gracias a su participación en el proceso productivo, mientras que la amortización fiscal nos indica qué gasto por amortización podrá deducirse la empresa dentro de su cuenta de resultados. Dentro de las amortizaciones, también hay que contemplar los supuestos de libertad de amortización.
  • Tratamiento fiscal del leasing y renting.
  • El gasto fiscal por deterioro del valor.
  • Los supuestos que deben darse para la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de los créditos, derivados de posibles insolvencias de deudores.
  • Qué gastos son no deducibles, en la declaración del impuesto sobre sociedades o sobre la renta.
  • Sustitución del valor contable por el valor de mercado.
  • Tratamiento fiscal de las operaciones vinculadas.
  • Los criterios de imputación de ingresos y gastos a la base imponible, que se recogen en el artículo 11 de la LIS, siendo el criterio general, el del devengo.
  • La compensación de bases imponibles negativas y la acreditación de las bases negativas en el modelo del impuesto.
  • Las deducciones por doble imposición y el tratamiento fiscal de los dividendos.
  • La existencia de deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial.
  • Las deducciones fiscales de las donaciones.

Fuente documental: Centro de Estudios Financieros

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